gaceta judicial, revista juridica dominicana
inicio » columnas » el criminólogo no es un adivino del crimen
Secciones de Gaceta Judicial
Inicio
Editorial
Agenda
Buzón Judicial
Ideas y Noticias
Actualidad
Columnas
Otros temas
Diplomados Juridicos
responsabilidad civil
diplomado ley 141-15
diplomado derecho administrativo
Libreria Judicial en Republica Dominicana
Libreria Juridica en la Republica Dominicana
El lenguaje de la Constitución dominicana
Diccionario del español dominicano
Derecho Notarial - Teoría – Práctica – Legislación Fiscal
Leyes y Normas para la Práctica Notarial
Constitution of the Dominican Republic - Translated from the spanish by Fabio J. Guzmán Ariza
Ley No. 479-08 sobre Sociedades Comerciales y Empresas individuales de Responsabilidad Limitada modificada por la Ley No. 31-11
Patentes: Introducción para abogados y empresarios
El Procedimiento en Defecto en Materia Civil y Comercial después de las Reformas de la Ley 845 de 1978
Nueva Constitución
de la República Dominicana
Ley 108-05 Registro Inmobiliario
Ley 5038 sobre Condominios y su Formulario
Modelos para la Práctica Societaria
Legislación sobre Propiedad Intelectual
Manual de Derecho
de Autor Dominicano
Memorias de un Abogado de Pueblo
La Acción Penal
DERECHO PENAL - El criminólogo no es un adivino del crimen
 


Héctor Dotel Matos

En las leyendas mitológicas abundan los actos criminales: los fratricidios de Seth sobre Osiris, de Rómulo sobre Remo; el homicidio de sus hijos por Cronos...

La criminología es una disciplina constituida en los últimos decenios del siglo XIX, en Italia, por un médico. Ese médico se llamó César Lombroso.

Esta paternidad “médica” pesará sobre su desarrollo ulterior. Es cierto que entre sus discípulos, cofundadores de la disciplina, se encuentran profesores de Derecho y magistrados, pero ellos parecen preocupados más por los análisis sociológicos, psicológicos y morfológicos de la criminalidad, que por la investigación jurídica.

Lo esbozado, impreso en sus comienzos, conduce la criminología hacia una dirección sumando las disciplinas llamadas “ciencias humanas” o “ciencias sociales”, con una tendencia persistente de integrar, en su vocabulario, los términos a connotación médica (tratamiento, clínica, etcétera). Por otra parte, su lenguaje excluye la distinción de grados de gravedad operada por el Derecho Penal entre crimen y delito, practicando una sinonimia entre los términos crimen, delito, criminal, delincuente, criminalidad, delincuencia.

Si la disciplina, en tanto que tal, sólo existe hace un poco más de un siglo, el crimen y el criminal siempre han suscitado el interés colectivo, desde la aparición de la humanidad.

En las leyendas mitológicas abundan los actos criminales, a menudo fundadores de sociedad; desde la grave infracción de Adán y Eva, los fratricidios de Caín sobre Abel, de Seth sobre Osiris, de Rómulo sobre Remo, el homicidio de sus hijos por Cronos y, en reciprocidad, el homicidio del padre por Zeus, sin olvidar la muerte violenta de los héroes de la mitología escandinava.

La justicia privada subsiste oficiosamente, todavía mucho tiempo. De nuestros días aun, ciertas etnias la conservan (la vindicta siciliana o las costumbres beréberes concernientes al honor ofendido, etcétera). En el medio de los truhanes, los arreglos de cuenta constituyen una “justicia” privada particular. Pero, oficialmente, ella cesa su existencia, por lo menos en Francia, con la cristalización del movimiento centrípeto de la realeza, en el siglo XVI.

Desde ese momento, en Francia, “toda justicia emana del Rey”. Según el jurisconsulto Gabriel Argot, abogado al Parlamento de París, autor en 1692 de la Institución del Derecho francés: la venganza es prohibida a los hombres. Sólo el Rey puede ejercerla por sus oficiales, en virtud del poder que él tiene de Dios.

La justicia centralizada ofrece a ciertos espíritus dotados de curiosidad científica la posibilidad de examinar los casos de crímenes. El asesino, el ladrón, el alcohólico agresivo… se convierten en sujetos de interés teórico. La lectura de los clásicos griegos y romanos aporta la visión centrada sobre la “antropos”, el hombre en sentido genérico de ser humano. Partiendo de ese término, será creada esta antropología, ciencia del hombre (logos=el Verbo, en la excepción de ciencia).

La antropología es una reflexión sobre el hombre y su sociedad. El hombre deviene objeto de conocimiento, al cual se trata de aplicar los métodos utilizados en física o en biología. Es un deslizamiento de la posición “sujeto de conocimiento” a la de “objeto de ciencia” (ciencia o estudio a ambición científica).

El criminal siempre ha embrujado los autores preocupados por el examen de los fenómenos de sociedad. ¿Sería un ser disímil de los otros, dotado de signos particulares que las luces de la ciencia podría esclarecer?
Ciertos autores son convencidos, y se emplean a transmitir sus creencias, a la ayuda de teorías orientadas sobre los signos buscados en el aspecto físico, o en el estado mental.

Trabajos científicos recientes se proponen describir cuatro mil millones de años de la historia del ser (hominien) vuelto humano.

Con la ayuda de los métodos y técnicas de punta (como el carbono 14, el potasio-argón, la dendocronología, la resistivimetría, la magneometría, la termografía, el escáner de tres dimensiones, la resonancia nuclear, la investigación de los anticuerpos monoclonados, la amplificación genética, la biología molecular, la termoluminiscencia, la arqueozoología, la antropología, etcétera), los sabios tratan de comprender y de explicar nuestro pasado lejano.

Las hipótesis de los investigadores se extienden sobre las condiciones de vida y el comportamiento del ser humano, y de sus ancestros. De la estación temprana del homínido de hace cuatro millones de años, ellos nos conducen a la invención de las herramientas por el “hombre habilis” (alrededor de dos millones y medio de años) que cazaba en grupo, y a la invención del fuego por el “homo erectus” (alrededor 1.6 millones de años), que vivía en grupo social organizado. Este ser cazaba, recolectaba, tallaba las herramientas.

Las transformaciones importantes se habrían producido a partir de hace 40,000 años, con la aparición del “homo sapiens” arcaico.

Las investigaciones recientes (1992), de D. A. Etler y Li Tianyuan, parecen probar que hace 350,000 años al menos, un hombre conformando las características que lo sitúan entre el “homo erectus” y el “homo sapiens” vivía en la actual provincia de Hubei, en China. Este descubrimiento plantea la cuestión de saber si el homínido (entre el primate y el hombre), nacido en una parte precisa del África, había colonizado la Tierra y engendrado el hombre en varios lugares del mundo, desde su fase de “erectus”.

Hacia los años 100,000 antes de nuestra era, existiría, de un lado, un “hombre de Neandertal”, cazador nórdico que entierra sus muertos, y que se reputa haber desaparecido hacia los 35,000 años antes de nuestra era, y, de otro lado, un “Homo sapiens-sapiens”, practicando las costumbres funerarias y testimoniando de un espíritu religioso, primo salido del “sapiens” arcaico.

En los ritos de la época, no hay lugar para las reflexiones concernientes a la responsabilidad del individuo, autor del acto castigado. Sus acontecimientos personales no entran en consideración. El niño aun privado de discernimiento, el loco inconsciente del resultado de su acto, o el autor irreflexivo de derivaciones perjudiciales, acarrean el desenlace de la venganza, sin tonalidades. La responsabilidad concierne a su familia, a su clan, en su integridad. El grupo social es socialmente comprometido.

La expedición punitiva acarrea los miembros del clan ofendido. La riposta es igualmente colectiva. El grupo actúa, vinculado alrededor de la victima o de sus cercanos. La venganza es trama común. Los cálculos se dirimen en conjunto, el ofendido es asunto del clan completo.

Esos perennes aprietos producidos con brutalidad, sin ninguna meta razonable, hacen profusas victimas en los dos campos. La creación y la conservación del grupo son amenazadas. También, los jefes, conscientes del peligro de debilidad de su clan, deciden buscar los medios de evitar las incapacidades y las pérdidas de vida. Su reflexión va a parar a un cierto número de prohibiciones de la venganza privada.

Contradictorio a la mentalidad que dispensa un compromiso particularmente colectivo, la venganza, siempre privada, mira al individuo y su obligación personal. Lo que cambia, básicamente, es la condición hacia la responsabilidad del autor del acto. Ella es concreta. Por consiguiente, la responsabilidad del grupo deviene circunscrita a una responsabilidad individual.

No se mata más a los miembros inocentes del mismo clan que el autor del acto. La riposta apunta un blanco bien específico.

El gran abogado que fue Cicerón, y que formaba parte de las dos categorías de intelectuales en Roma: comentarista de filosofía griega, pero también, y sobre todo, jurista y moralista.

Él escribe, en medio del primer siglo antes de nuestra era., una dilatada obra de exégesis de la filosofía griega. Todo en manifestando su admiración hacia esos autores, él señala la superioridad de Roma en materia de sabiduría práctica. Su distinción entre la cultura y la civilización queda, aun en nuestros días, un modelo de reflexión. Analizando la solidaridad de la ley ideal y de lo ético, él afirma que la sabiduría es la madre de todas las nobles actividades y que es el amor de esta sabiduría que ha dado en Grecia el término de “filosofía”: philo = aquel que ama, sophia = sabiduría.

El abogado Cicerón se ocupó ampliamente de las leyes. El está de acuerdo con Platón y los estoicos, en lo que concierne el fundamento universal racional de las leyes, y la necesidad de someter la doctrina de las leyes al conocimiento de los hombres. Para él, la filosofía, siendo una especie de “medicina del alma”, queda íntimamente ligada a la virtud de la inteligencia humana.


Derecho penal
Clásicos penales: Beccaria siempre vigente
 
La materia prima del crimen
 
El criminólogo no es un adivino del crimen
 
Instituciones judiciales de la antigüedad
Siguenos en Facebook
Siguenos en Twitter
Edición 349 Febrero 16
funcion, importancia y estudio de la jurisprudencia
Edición 348 Enero 16
funcion, importancia y estudio de la jurisprudencia

Edición 347 Noviembre 15
la controversia sobre la nueva ley del notariado

Para Suscripciones
Tel.: 809-540-3455
Tel.:809-540-3014
contacto@gacetajudicial.com.do

servicio de correcion de estilo
 
Ir a la Pagina del Colegio de Abogados de la Republica Dominicana
 
adopi


Suscríbete ya: Telfs.: 809-540-3455 | 809-540-3014.
Calle Pablo Casals #12, Edif. Guzmán Ariza, 2º piso, Ensanche Serrallés, Santo Domingo, D. N.
Email: contacto@gacetajudicial.com.do