Comenta los editoriales de Gaceta Judicial
Señor Director:
Me place saludarle. Me llamo Domingo Alberto Piñeyro, tengo 24 años, trabajo para la Jurisdicción Inmobiliaria (Suprema Corte de Justicia) en la ciudad de Barahona y soy abogado; hace 2 años que me he graduado y exactamente hace 2 años que descubrí su editorial. Lo espero con ansias, perdón, lo esperamos expectantes, pues varios en la oficina en que trabajo, desde la Registradora de Títulos hasta un servidor (algo que propició quien le escribe), han sido contagiados de la taveramanía (Dígase “ansia desenfrenada de ver llegar la revista Gaceta Judicial, con la determinante resolución de leer, desglosar y saborear el editorial”). Tan cargado de realidad y escrito desde una perspectiva tan cercana a nuestros modos de pensar, a lo que creemos, a nuestras convicciones.
Usted nos ha hecho ver los problemas que plantea con la misma claridad con la que escribe sus artículos y nos sentimos tan identificados con lo que plasma en esas hojas que es necesario ponernos en sus zapatos, aunque no dudo que para ello quizás falte mucho.
Por ejemplo, nos falta la valentía de cortar aquella Tijera moral de la policía. Por otra parte cabe anotar que no fue menos que la suya nuestra repulsión por aquel Su amigo el funcionario, y no tuvimos reparo en asentir de manera irónica como quien celebra las boberías de un niñito de 8 años aquellas 7 reglas infalibles para ser presidente y a propósito de lo anterior nos juntamos todos en la pequeña y fría oficina del Archivo Activo y con ese Ssshhh... ¡Silencio! seriamente analizamos y descompusimos en todas sus partes cada oración del Breve estudio del animalis politicus, hasta reír y comparar sus conclusiones con las nuestras.
Si reímos no ha sido porque escriba usted una columna de comedias, es quizás esa impotencia, la que como mecanismo de defensa de nuestra conciencia nos hace lanzar carcajadas con alta dosis de indignación. Pero en particular no hubo risas cuando aquella edición número 274 estuvo en nuestras manos; nuestros ojos acumularon lágrimas, nuestras miradas se nublaron y no dudo que la hoja de ese ejemplar en que está plasmado el editorial tiene las señas de dos o tres de esas gotas. Sigue latente en nuestras mentes ese título: Quisiera ser dominicano, y más aun aquella frase que hizo encoger el alma y el corazón esa mañana: "Dominicano, para no sentir vergüenza de serlo".
Mostrando mis afectos, me despido. Que Dios le bendiga.
Alberto Piñeyro
Barahona, R. D.
La inconstitucionalidad formal de la reforma constitucional
El presidente Leonel Fernández sometió al Congreso Nacional una propuesta de reforma constitucional que contiene 254 artículos. El artículo 117 de la Constitución de la República establece que: "la necesidad de la reforma se declarará por una ley, la cual determinará el objeto de la reforma e indicará los artículos de la Constitución sobre los cuales versará".
La propuesta del presidente Fernández, tal y como está concebida y redactada, no puede convertirse en ley, pues la misma devendría en inconstitucional y la "nueva" Constitución que se pretende instituir sería nula de pleno derecho, ya que sería el fruto de una violación a la Constitución vigente, cuyo artículo 46 expresa: "Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a esta Constitución."
La propuesta es interesante, en el fondo, pero el proponente haría muy bien en retirarla, a fin de que introduzca las modificaciones que considere de lugar, pero respetando la norma, ya que la Asamblea Nacional no tiene facultad para crear una Constitución con 124 artículos, sino para introducir reformas en los artículos de la Constitución, y sucede que la Constitución actual sólo tiene 120 artículos, y son esos 120 artículos sobre los cuales debe girar la propuesta modificadora, de manera que en la nueva versión no pueden aparecer 254 artículos.
El asunto no reviste ninguna complicación, ya que la Constitución de la República contiene trece Títulos divididos en Secciones, en las que están incluidos los 120 artículos, algunos con incisos numerales, literales o párrafos, por lo que nada impide ubicar en ese articulado las nuevas propuestas. Pero, reiteramos, la Asamblea Nacional, si aprueba la ley de reforma constitucional, debe indicar los artículos de la Constitución que propone modificar y en qué consisten los cambios propuestos. El Título Trece, que trata de las Reformas Constitucionales, contiene cuatro artículos, los que establecen los requisitos que deben ser satisfechos, a pena de nulidad, indicando el artículo 120, que es el último, que "la reforma de la Constitución sólo podrá hacerse en la forma que indica ella misma".
En mi condición de ciudadano abuelo, que dentro de cincuenta años, al igual que casi todos los actores protagonistas del momento político actual, no estará en el mundo de los vivos, espero que al artículo 120, después de un punto y coma o mediante un párrafo, lo modifiquen, para que establezca que en las elecciones congresionales del 16 de mayo del 2024, conjuntamente con los legisladores ordinarios, y en la misma proporción, serán electos los miembros de la Asamblea Constituyente, que sesionará hasta la promulgación de la nueva Constitución de la República Dominicana. Así demostraremos nuestra fe en el porvenir y confianza en las generaciones dominicanas futuras.
Víctor D. Martínez
Abogado
Comenta artículo de portada edición 262 de Gaceta Judicial
Señor Director:
En nombre del Consejo Nacional de Competitividad y del mío propio, deseamos felicitarle por su reciente artículo publicado en la Gaceta Judicial: “El Comercio Dominicano ¿Aún con peluca real?”.
El mismo constituye un aporte más para impulsar la aprobación del Proyecto de Ley de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada que se encuentra en la Cámara de Diputados.
Esperamos que nuestros amigos legisladores entiendan que nuestro país no debe dilatar más la aprobación de esta importante pieza, para dotarse de un instrumento mercantil moderno, acorde con nuestra realidad.
Muy atentamente,
Andrés Van der Hors Alvarez
Secretario de Estado, Director Ejecutivo
Consejo Nacional de Competitividad
Escriba al editor
E-mail:
Fax: 809-540-3208
|
|