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MINISTERIO PÚBLICO
Resultados evaluación de fiscales


La Escuela Nacional del Ministerio Público emitió su primer informe con los resultados de las evaluaciones a 221 fiscales, de los cuales 142 (64.25%) presentan una calificación final igual o superior a los 80 puntos requeridos para recomendar su ingreso a la Carrera del Ministerio Público. Tras cubrir exitosamente el proceso de Evaluación de Desempeño y Antecedentes, así como las primeras jornadas de evaluación académica del Programa Extraordinario de Formación de carácter completivo, el director de la Escuela Nacional del Ministerio Público, Ramón Emilio Núñez, dio a conocer el informe donde además un total de 59 evaluados (26.7%) presenta una calificación inferior a 80 y superior o igual a los 70 puntos, por lo que califican para un plan de desarrollo en aquellos ámbitos que muestren mayor debilidad y posteriormente someterse a nuevas evaluaciones. Asimismo, el informe indica que del total de 221 evaluados, 18 (8.1%) presentan calificación final incompleta, por no haber sido cubierta su evaluación de desempeño o por no haber depositado oportunamente sus antecedentes o no haber acudido a las evaluaciones correspondientes. Mientras que un total de 2 evaluados (0.9%) presenta una calificación final inferior a los 70 puntos, por lo que se recomienda su separación del cargo de Ministerio Público.

AMNISTIA INTERNACIONAL
Menos países aplican la pena de muerte


Al menos 137 naciones abolieron, en la ley o en la práctica, la pena de muerte en los últimos años, de acuerdo con datos de Amnistía Internacional. A pesar de que la tendencia de castigar a los delincuentes con la pena capital va a la baja, el año pasado se llevaron a cabo las ejecuciones de al menos 1,252 presuntos criminales, según información de la organización. El 88% de las ejecuciones en 2007 tuvieron lugar en China, Irán Arabia Saudita, Paquistán y los Estados Unidos. Actualmente 60 naciones en todo el mundo mantienen el uso de la pena capital, principalmente para castigar a las personas condenadas por asesinato.

PNUD
Leyes que no se cumplen


El Informe sobre Desarrollo Humano República Dominicana 2008, que bajo el título: “Desarrollo humano, una cuestión de poder”, presentó recientemente la Oficina de Desarrollo Humano del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en República Dominicana, destaca en uno de sus acápites que en el país algunas leyes, a pesar de estar aprobadas, simplemente no se cumplen. Señala el informe del PNUD que en general “la vida diaria de los dominicanos está llena de violaciones de los espacios públicos, del irrespeto a las normas de tránsito, del ‘macuteo’ en algunas oficinas públicas, de la apropiación privada de bienes públicos… y no sucede nada”. Entre las leyes destacadas por que no se cumplen, figuran: El reglamento de la carrera del Ministerio Público “cada vez que se designa un fiscal sin la celebración de concurso y sin agotar el proceso de capacitación previsto”; leyes de presupuesto, de concursos para obras y compras del Estado, de aprovisionamiento, de crédito público, la Ley de Electricidad, la de planeamiento urbano, y otras. También, señala el informe en la página 51, se incumple la ley de Carrera Judicial cuando se designan jueces en la Suprema Corte de Justicia que no provienen de las cortes de apelación que, de acuerdo con el sistema de escalafón que rige la Carrera Judicial, son los que deben acceder a cubrir las vacantes que se presenten en el Tribunal Supremo.

TECNOLOGIA
Protección legal para el software libre


En Estados Unidos, un tribunal reconoció los derechos de autor de un creador de software gratuito. De esta manera, se admitió que el inventor tenga la facultad de restringir el uso del programa, en caso de que alguien se lo quiera apropiar ilícitamente. Los magistrados estimaron que la ausencia del intercambio de dinero en el otorgamiento de una licencia de uso, no debería negar la existencia de consideraciones económicas. Con este pronunciamiento, se intentó determinar el alcance y el control que pueden ejercer los creadores de este tipo de programas, una vez distribuida gratuitamente en la llamada comunidad de "fuente abierta", donde los desarrolladores de programas informáticos de código abierto comparten las claves de su software, permitiendo que los usuarios lo cambien o mejoren y luego lo redistribuyan. Se entiende que el Software libre brinda libertad a los usuarios sobre su producto adquirido y por tanto, una vez obtenido, éste lo puede usar, copiar, estudiar, modificar y redistribuir libremente. En base a ello, los problemas surgen cuando alguien hace uso ilícito de ese código difundido gratuitamente, incluyéndolo en sus productos con fines de venta sin generar ninguna contribución a los creadores o usuarios del producto. Nuestro país carece aún de una ley que regule los diferentes aspectos relacionados con el tema, aunque se encuentra en el Congreso un anteproyecto de ley sobre software libre en la República Dominicana.

ESTADOS UNIDOS
Discriminación y actividad médica


En Estados Unidos, la Corte Suprema de California prohibió a los médicos invocar sus creencias religiosas como una razón para negar tratamientos de fertilidad a parejas homosexuales, y dictaminó que la ley estatal que prohíbe la discriminación según la orientación sexual rige también sobre la profesión médica. El caso surgió cuando una paciente lesbiana presentó una demanda judicial porque dos profesionales se negaban a inseminarla a causa de su tendencia sexual, invocando los galenos su condición religiosa de cristianos. Por tal motivo, tras darle una serie de medicamentos le dijeron que practicara el procedimiento en su casa, pero sin la ayuda de un médico. La decisión revocó el fallo del tribunal de apelaciones de San Diego que había dado la razón a los demandados en lo civil. El veredicto de la Corte tuvo lugar dentro de un contexto estatal donde en mayo de este año se legalizó el matrimonio entre parejas del mismo sexo. En cuanto a la normativa legal médica, en primer lugar, el Código Internacional de Ética Médica de la World Medical Association establece que el profesional debe a su paciente lealtad completa y todos los recursos de su ciencia.

FUNCION PUBLICA
La protección jurídica del servidor estatal


La inauguración de un periodo gubernamental trae consigo nuevas expectativas, aun se trate de la reedición de un mismo mandato. En el contexto de los cambios realizados por el presidente de la República a partir del 16 de agosto se observaron situaciones que llamaron tristemente la atención y que hacen pensar que la institucionalidad es un concepto demasiado elevado para que lo puedan alcanzar las mentalidades pequeñas de ciertos funcionarios. El que se exijan pruebas de militancia partidista a empleados de instituciones estatales como requisito para conservar cualquier función no es nuevo, a pesar de las declaraciones del presidente del Senado de la República y secretario general del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Reinaldo Pared Pérez. Este recordó –a raíz de informaciones sobre una circular que en la Lotería Nacional instruía al departamento de Recursos Humanos en el sentido de exigir la constancia de militancia peledeísta a todos los empleados, información que fue desmentida por el nuevo administrador de la misma, José Francisco Peña Guaba- que el país cuenta con una Ley sobre Función Pública (la Ley No. 41-08, promulgada el 16 de enero de 2008) y que la misma debe ser respetada. A propósito de esta ley, la misma establece que el ejercicio de la función pública estará regido por “un conjunto ordenado y sistemático de principios fundamentales que constituyen la esencia de su estatuto jurídico”. Estos principios se basan en: mérito personal; igualdad de acceso a la función pública; estabilidad en los cargos de carrera; equidad retributiva; flexibilidad organizacional; y que estos derechos que la ley reconoce a los servidores públicos son irrenunciables.

JUDICIAL
Estadísticas sobre denuncias de violencia doméstica


Las fiscalías barriales y la Unidad de Atención y Prevención de la Violencia de la Fiscalía del Distrito Nacional recibieron más de seis mil denuncias de violencia de género entre los meses enero a julio del presente año. Un reporte estadístico de la Unidad revela que de 6,527 denuncias recibidas, 5,565 (85.3%) estuvieron motivadas en la violencia contra la mujer, siendo la mayoría por violencia física (2,018) y violencia psicológica y verbal (2,118). Los casos de violencia contra el hombre ocuparon el 14.7 por ciento, siendo en su mayoría por Violencia Psicológica y Verbal (393 de 962 denuncias presentadas).

TEMPORADA HURACANES
Cuando pobreza y muerte caminan de la mano


La más clara expresión de que la pobreza es en la mayoría de los casos sinónimo de tragedia lo constituye la muerte de seis miembros de una familia a causa de la destrucción de la humilde vivienda que ocupaban, por un deslizamiento de tierra tras días de intensos aguaceros. Situaciones como esta parecen confirmar la percepción difundida de que el Estado dominicano precisa de mayor capacidad para prevenir situaciones de calamidad en el entendido de que siempre resultará peor intentar reparar el daño que se pudo evitar. Un elemento importante dentro de esa realidad es la necesidad de llevar educación y crear conciencia en las personas que viven en lugares que implican un riesgo para su seguridad personal y familiar en el contexto de un evento climático de importancia. La excusa de que las víctimas no escucharon las recomendaciones de las autoridades no consuela, mas bien indigna.

JIMANI
¿Se hizo justicia?


El primer tribunal colegiado del juzgado de primera instancia de Barahona condenó a 20 años de prisión a los nombrados Tirson Eludis Vazquez y Moreno Urbáez por la violación a una niña de doce años. Los hechos ocurrieron en el municipio de Mella, provincia Independencia, en febrero de 2006. La sentencia contra los principales implicados se produce luego de una serie de incidentes que retardaron el conocimiento del caso y que en un momento dado hicieron parecer que la impunidad sería la única respuesta al drama protagonizado por esta niña que a su corta edad ha visto lo peor y lo mejor del género humano. Esto último porque la solidaridad de un grupo de organizaciones como la Colectiva Mujer y Salud, el Centro de Atención Aquelarre y la red Nacional de Jóvenes fue el motor que impulsó la marcha del caso hasta su resolución final en los tribunales.

ESTUDIOS
Ofrecen pasantías en Derechos Humanos


El Servicio Jusuita a Refugiados y Migrantes lleva a cabo el programa de pasantías “Investigando en Derechos Humanos”. En afiche promocional la organización destaca que “los estudiante aportarán al fortalecimiento de la lucha por los Derechos Humanos a través de una defensa sistemática y coherente, por medio del aprendizaje teórico práctico del Derecho”. Como requisitos se establece un índice académico mínimo de 2.5 puntos; inclinación hacia el trabajo social; buenas relaciones humanas; interés de realizar la tesis en el área de Derechos Humanos y tener un mínimo de dos años en la carrera.

ALGUACILES
Difunden Código de Ética del Ministerial


La Asociación Dominicana de Alguaciles (ADA) aprobó recientemente el Código de Ética de los ministeriales durante una reunión en que se presentaron los planes y proyectos a ejecutar en los próximos meses. En nota de prensa recibida por Gaceta Judicial, Hipólito Girón Reyes, presidente de la ADA, destaca que el Código de Ética del Ministerial contiene los principios básicos que deben exhibir los alguaciles al momento de ejercer sus funciones. El mismo contiene 11 artículos con los principios esenciales de la conducta del alguacil, entre ellos ser honrado, discreto y apegado a las leyes; también: ejecutar los actos que domine, mantener comunicación con sus clientes, el registro de sus actos, escribir con claridad y asistir a las salas regularmente. Mediante decreto 276-07, el presidente Leonel Fernández declaró el 12 de septiembre de cada año como Día Nacional del Ministerial, considerando que este es un auxiliar de la Justicia, en virtud de los establecido en la Ley No.821, sobre Organización Judicial; y que es compromiso de las presentes generaciones resaltar y defender los aportes que realizan éstos al sistema judicial dominicano.

MEXICO
Suprema Corte declara constitucional el aborto


En una resolución que de inmediato generó controversias, la Suprema Corte de México declaró constitucional una ley que permite el aborto hasta la semana 12 de gestación. “Hemos determinado la constitucionalidad de una norma aprobada por un órgano representativo, y en este caso particular hemos participado en una definición de gran trascendencia nacional”, dijo el presidente de la Corte Suprema, Guillermo Ortiz Mayagoitia, al momento de dar a conocer la resolución del fallo. En abril de 2007, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó el “Decreto por el que se reforma el Código Penal para el Distrito Federal y se adiciona la Ley de Salud para el Distrito Federal” que despenaliza la criminalización de quienes practiquen un aborto hasta las 12 semanas de gestación o quienes ayuden a realizarlo. Pero un mes después, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Procuraduría General de México presentaron ante la Suprema Corte de Justicia dos demandas de acción de inconstitucionalidad en contra del decreto que promulgó la ley. La norma fue avalada por ocho de los 11 jueces que integran la Suprema Corte. La ley de México establece que se necesitan 8 votos de los 11 ministros que integran la Corte Suprema para que una ley sea declarada inconstitucional.


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