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PRESPUESTO
Defensa Pública limita servicio de asistencia legal gratuita

La Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP) anunció a principios de febrero su decisión de limitar el servicio de asistencia legal gratuita que brinda la institución, debido a la insuficiente asignación presupuestaria y la gran carga de trabajo de los defensores públicos. La Directora Nacional de Defensa Pública, doctora Laura Hernández Román, indicó los servicios se limitan en algunos casos, que los de personas con comprobada solvencia económica, en materia disciplinaria (jueces, fiscales, policía y militares), conciliación en fiscalía, en casos de extradición, en casos de instancia privada, así como en los juzgados de paz y de tránsito. La decisión es una realidad, luego de haber sido anunciado en rueda de prensa realizada a finales del año pasado. La institución asiste el 75 % de los casos que ingresan al sistema de administración de justicia penal.

Economía
94 por ciento de las empresas deben invertir más en capacitación

La Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE) reveló que el 48 % de las empresas nacionales consideran deficiente la formación de los recursos humanos dominicanos. La información se encuentra en una encuesta llevada a cabo por la entidad empresarial entre diferentes líderes de empresas. La consultora en educación, Jacqueline Malagón, hizo lectura de los resultados de la pesquisa realizada por ANJE, bajo el título “Las necesidades de formación y competencias de recursos humanos que demandan las empresas en República Dominicana”, la cual reflejó que el 21 % de las empresas encuentran debilidades en sus recursos humanos para el desarrollo de emprendimiento e innovación, mientras que el 27 % presentó inconvenientes para la contratación de Contables y Financieros con formación adecuada. ANJE destacó que también se presentan debilidades por deficiencia en la formación académica, desvinculación entre teoría y práctica, precario desempeño en materia de comunicación verbal y escrita, lo cual hace que más del 94 % de las empresas encuestadas tengan que invertir mayor capital para fortalecer estas debilidades.

SOCIEDAD
Es adolescente una de cada cinco mujeres que muere en Dominicana por el embarazo

Una de cada cinco mujeres que muere en la República Dominicana por causas relacionadas con el embarazo o el parto es adolescente, según datos difundidos por el Ministerio de la Mujer. El ministerio recordó que avanza en políticas para disminuir el número de embarazos entre las adolescentes y erradicar toda forma de violencia contra la mujer "con bajo presupuesto y escaso apoyo privado". Asimismo, recordó que la tercera parte de la población dominicana es gente joven, y de ella, la mitad son mujeres que deberían estar enfocadas en su educación, y en las prácticas que contribuyen a su crecimiento personal y al desarrollo de la nación. "Pero la realidad es que el embarazo y la maternidad están tronchando las posibilidades de superación de gran parte de las jóvenes", indicó.

España
Banda de dominicanos Dominican Don't Play es una asociación ilícita, dice Supremo español

La banda latina Dominican Don't Play es una asociación ilícita, según dictamina el Tribunal Supremo español en una sentencia conocida recientemente. La sentencia del Supremo responde a un recurso que las acusaciones presentaron contra lo sentenciado por la Audiencia Provincial de Madrid, que absolvió a varios jóvenes sospechosos de pertenecer a esta banda del delito de asociación ilícita porque no existían indicios suficientes para considerar a la banda una asociación ilícita, criterio que corrige el Supremo. Esto supone otorgarle una calificación similar a otras bandas ilegales, como los Latin King o los Ñetas y considerar delito la pertenencia a ella.

LABORAL
La Suprema declara sin eficacia jurídica dos resoluciones del CNSS

En una sentencia del 18 de diciembre de 2013, la Suprema Corte de Justicia declaró desprovistas de toda eficacia jurídica las resoluciones 165-03 y 164-08 del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), por ser contrarias a la Ley 87-01 que norma el Sistema Dominicano de la Seguridad Social. La decisión fue adoptada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario de la alta corte. La resolución 165-03 del 30 de agosto del 2007 autoriza al IDSS, a seguir prestando los servicios de salud, a los trabajadores móviles u ocasionales del régimen contributivo (de la construcción, agrícolas, portuarios) que no estén en otra ARS. Mientras que la 164-08, del 23 de agosto del 2007, nombra una comisión técnica integrada por el Tesorero de la Seguridad Social y técnicos del IDSS para presentar la propuesta del mecanismo de cobro para la afiliación. Considera, que es de principio general de derecho, que una ley aprobada por el Congreso Nacional y promulgada por el Poder Ejecutivo, como es la 87-01 sobre el SDSS, se impone a cualquier decreto o resolución que le sea contrario.

JUDICIAL
Sentencia caso Francina plantea debilidad en procedimientos

La criticada sentencia del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional sobre el caso donde Francina Hungría perdió la vista a causa de un balazo en medio de un atraco, pone en evidencia la debilidad de los métodos de investigación en los procesos penales, sobre todo en cuanto a la recabación e integridad de las pruebas. La sentencia establece que el Ministerio Público presentó una acusación con varias inconsistencias, lo que dio lugar a descargar a cuatro de los acusados por insuficiencia de pruebas. La Fiscalía presentó como prueba un CD sobre un video de los hechos, un arma de fuego, recortes de periódicos y pruebas testimoniales. Las juezas Sarah Altagracia Veras Almánzar, Ingrid Soraya Fernández Méndez y Yissell Soto Peña aseguran que resultó imposible identificar a los acusados en el video presentado. También señalan que el Ministerio Público desistió sin ninguna explicación de la presentación de un tercer CD. Además, la descripción de la caja en la que se encontraba guardada e identificada el arma de fuego, no coincide con el número del serial de dicha prueba material, pues la caja dice “AE66591”, sin embargo el arma exhibida en el juicio tiene como serial “AB36277”, y por si fuera poco la certificación del Ministerio de Interior y Policía consagra un arma de fuego con un serial número “SB36277”, diferente a la caja de embalaje y al arma de fuego presentada en el juicio.




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